Comprender la prohibición de visa de turismo de parto en EE.UU.: requisitos 2025 para embarazadas
- Attorney Denise P. Cabrera
- 23 jun
- 4 Min. de lectura
La prohibición de visa de turismo de parto en EE.UU. obliga a toda visitante embarazada a demostrar que su viaje es meramente turístico y no busca obtener ciudadanía automática para su bebé; en este artículo descubrirás qué documentos exigen los consulados, cómo argumentar tu intención de regresar y las sanciones por fraude.
Por qué existe la prohibición
Desde 2020 el Departamento de Estado considera al “turismo de parto” un uso indebido de la visa B-2, pues empresas especializadas cobraban hasta 80 000 USD por paquetes que incluían alojamiento, hospital y asesoría para ocultar la verdadera razón del viaje.
Investigaciones federales revelaron redes en California y Florida que instruían a las solicitantes a mentir sobre su fecha probable de parto, reservas de hotel y recursos financieros.
El Gobierno argumenta que la práctica genera fraude migratorio y gastos médicos impagos, además de explotar vacíos legales del derecho de suelo.
Marco legal actualizado
22 C.F.R. § 41.31
La regla publicada en el Federal Register el 24 de enero de 2020 añadió un párrafo que obliga a negar la visa B-2 si el oficial “tiene motivos para creer” que el objetivo principal es dar a luz en territorio estadounidense.
9 FAM 402.2-4(B)(4)
El Foreign Affairs Manual guía a los cónsules sobre cómo detectar solicitudes sospechosas, exigiendo pruebas de seguro médico, fondos suficientes y fuertes lazos con el país de origen.
INA § 212(a)(6)(C)(i)
Cualquier fraude o tergiversación material en la solicitud conlleva inadmisibilidad permanente, solo perdonable en circunstancias humanitarias excepcionales.
Cómo evalúan los oficiales consulares
El examen comienza en la entrevista de visa y puede repetirse en el puerto de entrada; incluso con una B-2 válida, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) tiene la última palabra.
Factores clave que revisan:
Fecha prevista de parto y duración del viaje. Si la estadía se extiende hasta la semana 37 o más, aumenta la sospecha de intención de parto.
Seguro médico con cobertura de maternidad. Debe cubrir complicaciones y estar pagado por adelantado o demostrar solvencia para liquidar gastos hospitalarios.
Recursos económicos y lazos sólidos. Contratos laborales, propiedades o estudios de hijos en el país de origen muestran intención de retorno.
Historial migratorio limpio. Sobreestadías previas o mentiras detectadas inclinan al rechazo inmediato.
Viajar embarazada de forma legítima
La ley no prohíbe que una mujer embarazada visite EE.UU.; prohíbe que el motivo principal sea dar a luz. Para minimizar riesgos, especialistas recomiendan:
Programar el viaje antes de la semana 28 y limitar la estancia a dos o tres semanas, reduciendo la posibilidad de parto en suelo estadounidense.
Presentar un itinerario detallado con reservas confirmadas que concluyan varios días antes de la fecha probable de parto, junto con boleto de regreso.
Portar una constancia médica que indique que el embarazo es de bajo riesgo y que la paciente está apta para volar.
Consecuencias de la desinformación o fraude
Si el oficial concluye que el objetivo es el parto, puede:
Rechazar la visa bajo la sección 214(b), sin obligación de revelar la razón específica.
Cancelar visas vigentes y ordenar expulsión expedita, lo que genera una prohibición de reingreso de cinco años.
Aplicar INA § 212(a)(6)(C)(i) y vetar de por vida la admisión por fraude.
Entrevista: preguntas habituales
Abogadas de inmigración reportan interrogantes recurrentes como: “¿Por qué viaja tan cerca de su fecha de parto?”, “¿Cuánto costará su atención médica y quién la pagará?” o “¿Qué garantía tenemos de que regresará?”. Responder con documentos precisos y coherentes es crucial; contradicciones pueden derivar en hallazgo de fraude.
Casos reales de aplicación
En 2019 el ICE acusó a 19 personas en California por administrar hoteles de maternidad que instruían a clientas a ocultar su embarazo y mentir en el formulario DS-160.
Ese mismo año una ciudadana china se declaró culpable de dirigir un esquema similar en el condado de Orange, demostrando la disposición del Gobierno a enjuiciar tanto a operadores como a clientas.
Fuera del ámbito gubernamental, aerolíneas como Hong Kong Express exigieron pruebas de embarazo antes de abordar vuelos a territorios estadounidenses como Saipán, por temor a sanciones si transportan pasajeras que puedan dar a luz.
Recomendaciones prácticas para cumplir la normativa
Documenta tu viaje como turismo: conserva entradas a museos, rutas turísticas y reservas de hotel que no coincidan con hospitales.
Demuestra capacidad financiera: extractos bancarios y pólizas que cubran al menos 50 000 USD en atención obstétrica.
Refuerza tus lazos de retorno: carta de tu empleador, constancia de estudios de hijos o escrituras de vivienda.
Si realmente necesitas atención médica en EE.UU.
La visa B-2 permite tratamiento médico cuando el servicio es inexistente o inadecuado en tu país. Deberás presentar:
Carta de un hospital estadounidense detallando los costos.
Pruebas de pago o fondos disponibles.
Informe médico que justifique la necesidad del procedimiento.
Sin esos documentos, el rechazo es casi seguro y se evaluará si existe intención oculta de residencia por nacimiento.
Perspectiva futura
Aunque la regla nació en la administración Trump, el Departamento de Estado ratificó en 2025 que seguirá aplicándose y que los consulados mantienen amplia discreción para interpretarla.
Abogados prevén litigios, pero admiten que la falta de mecanismos de apelación directa dificulta revertir rechazos basados en “motivos para creer” del oficial.
Conclusión
La prohibición de visa de turismo de parto en EE.UU. está plenamente vigente. Las viajeras embarazadas que deseen evitar problemas deben preparar un expediente sólido que acredite su viaje turístico, su solvencia médica y su intención inequívoca de volver a casa. Así respetarán la ley, protegerán su historial migratorio y disfrutarán su estancia sin contratiempos.
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